03/01/2017

Se prorroga a Julio de 2017 el pago del primer anticipo, correspondiente a los impuestos mencionados, para personas humanas y sucesiones indivisas.

RG Nº 3968: los vencimientos de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta para personas humanas y sucesiones indivisas operarán en el mes de junio de 2017. 

RG Nº 3969: se prorroga al mes de julio de 2017 el ingreso del primer anticipo de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta, para personas humanas y sucesiones indivisas.

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TERMINACIÓN CUIT

FECHA DE VENCIMIENTO

0, 1, 2 ó 3

Hasta el día 13, inclusive

4, 5 ó 6

Hasta el día 14, inclusive

7, 8 ó 9

Hasta el día 17, inclusive