16/05/2018

De acuerdo a la RG. 4245/2018, se han actualizado los importes mínimos no sujetos a retención, alícuotas y escalas previstas.

Se sustituyen los importes mínimos a retener, siendo $150.- (antes era de $90.-) para inscriptos y se eleva a $650.- cuando sean alquileres de inmuebles urbanos percibidos por beneficiarios no inscriptos (anteriormente era de $450.-).

Será de aplicación a los pagos que se efectúen a partir del 1º de Junio de 2018, inclusive, aún cuando correspondan a operaciones realizadas con anterioridad a dicha fecha.

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