Se implementa el “Programa de Monitoreo Fiscal “a través del cual se controlaran de forma sistémica, instantánea y permanente las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes y responsables.
- En la primer etapa se efectuará sobre las Declaraciones Juradas de Iva y Ganancias Personas Jurídicas.
- Se instrumentará mediante una Matriz de Riesgo de Indicadores Fiscales que determinará un índice aplicable para efectuar los controles pertinentes.
- Este índice se elaborará a partir de la totalidad de las Declaraciones Juradas presentadas:
Últimos 12 meses impuestos de periodo fiscal mensual
Últimos 3 años para los impuestos de periodo anual
- Impuesto al Valor Agregado: el índice se generará de acuerdo a la relación entre débitos y créditos fiscales (por actividad económica) además de otras variables.
- Impuesto a las Ganancias: el índice se elaborará en base a la relación entre el impuesto determinado y el total de los ingresos (por actividad económica) además de otras variables.
Vigencia: a partir del 13/02/2023
Nota:
Asimismo esta Resolución establece un régimen de percepción de IVA aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano ( excepto carnes, verduras, hortalizas, pan).
Alcanza a operaciones que se realicen entre responsables inscriptos
Puede solicitarse exclusión de sujeto pasible.
Vigencia: para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 01/04/2023
Click aquí para visualizar la Resolución AFIP 5329/2023
Ante cualquier consulta, pueden comunicarse con nuestros asesores a través del correo electrónico socios@aviabue.org.ar