20/02/2019

En el marco de la Resolución 132/2018 de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, publicada en el Boletín Oficial en octubre de 2018, establece que los responsables de Archivos, Registros, Bases o Banco de Datos Personales de carácter privado ya inscriptos ante el REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, deberán reempadronarlos en el marco del nuevo procedimiento técnico registral, exclusivamente a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) o sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), teniendo plazo para ello hasta el 31 de octubre de 2019.

Asimismo, la inscripción, modificación y baja de las bases de datos personales de carácter privado, público estatal y público no estatal, también deberá ser efectuada bajo la modalidad de trámites a distancia, habiéndose establecido la gratuidad libre de todo arancel, para todos los trámites registrales ante dicho organismo.