Se aplica una nueva percepción del 25% para aquellas operaciones (entre otras) indicadas en el art 35) inciso d) Servicios Turísticos Exterior y e) Transporte al exterior de la Ley 27541.
- Canceladas en efectivo en pesos
- Canceladas con tarjeta de débito o crédito en pesos
- Canceladas con tarjeta en moneda extranjera, en este se incluirá la percepción en el resumen de la tarjeta.
Esta nueva Percepción realizada por las Agencias de Viajes o Compañías aéreas, se considerarán pagos a cuenta:
Personas Humanas: Para el Impuesto a los Bienes Personales - sino son contribuyentes pueden pedir devolución.
Demás sujetos: Para el Impuesto a las Ganancias
No aplica para sujetos exentos en el impuesto a las ganancias, de acuerdo a la RG 5123/21 la cual se encuentra vigente
Vigencia: 13/10/2022
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