Las Microempresas, podrán computar hasta el 30% del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, que hubiese sido efectivamente ingresado, a partir de la entrada en vigencia del Dto. 394/2023, como pago a cuenta de hasta el 15% de las Contribuciones Patronales (SIPA).
Vigencia: día de publicación en el BO – 31/07/2023
Aplicación: Para las remuneraciones que se devenguen entre el 01/08/2023 y el 31/12/2024 (ambas fechas inclusive)
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